Alquilar tu propiedad a turistas

¿Estás pensando en alquilar tu propiedad a turistas? ¿Te lo has planteado alguna vez?

Es probable que te atraiga la idea de rentabilizar tu propiedad alquilándola, y así obtener ingresos extra, pero no sabes qué leyes se aplican y cuáles serían tus obligaciones fiscales en ese caso.

Por esta razón, a continuación te explicamos esos datos claves que necesitas saber sobre alquiler turístico. Comencemos explicando en qué consiste.

Alquiler turístico: ¿cuál es su definición?

Se habla de alquiler turístico o vacacional cuando se cede a un usuario una vivienda que está amueblada y equipada, de manera temporal y con fines lucrativos, para que la use en su totalidad y de forma inmediata.

Existen diferentes clasificaciones para este tipo de alquiler, pero en general, se diferencia entre apartamentos y viviendas turísticas.

Se habla de alquiler de apartamentos turísticos para referirse a aquellos edificios que están dedicados de manera exclusiva al alojamiento de turistas, y que suelen estar gestionados por empresas.

En cambio, el alquiler de vivienda turística se refiere a un alojamiento ubicado dentro de una zona residencial, que es alquilado por una persona particular.

Cuando piensas en alquilar tu propiedad a turistas, te sitúas dentro de esta segunda categoría.

Leyes que debes conocer al Alquilar tu propiedad a Turistas

A continuación vamos a comentar detalles sobre la ley de pisos turísticos.

Este tipo de alquileres está regulado por las normativas turísticas de las Comunidades Autónomas y de los Ayuntamientos.

Así que te recomendamos que consultes las normativas de alquiler turístico vigentes en tu ciudad o región, para que conozcas cómo obtener una licencia de piso turístico. Este es el primer paso que debes dar. Antes de que tengas cualquier tipo de penalización.

Además, según la última modificación de la Ley de Propiedad Horizontal, debes verificar si en tu comunidad de vecinos existe alguna condición o restricción para alquilar tu propiedad a turistas.

Obligaciones fiscales relacionadas con el Alquiler turístico

Los impuestos que deberás aplicar y declarar al alquilar tu propiedad a turistas son:

IRPF: Declaración de rentas de capital Inmobiliario

En esta declaración puedes deducir los gastos generados por la propiedad, y gravámenes como el IBI o las TRUA, entre otros.

Ten presente que esta deducción se aplica tomando en cuenta el tiempo de alquiler. Es decir, no podrás deducir los gastos de todo el año si alquilaste la vivienda solo durante un mes.

IVA: ¿Cuándo debes cobrarlo?

Los turistas solo pagan el 10% de IVA en su factura de alojamiento, si les prestas servicios de industria hotelera durante su estancia: comidas, lavandería, limpieza o cambio de sábanas diario.

Por lo tanto, si al alquilar tu propiedad a turistas, realizas la limpieza y el cambio de sábanas antes o después de que ellos se vayan, tu huésped está exento de pagar IVA.

Al alquilar a través de una empresa gestora, ellos le facturan al cliente, y tú deberás emitir una factura a esta empresa para que te pague, aplicando un 21% de IVA.

En cambio, cuando alquilas a través de un intermediario o plataforma online, tú tienes trato directo con el turista, y debes emitir factura tomando en cuenta lo explicado al principio.

Algunas trabas

  • En muchas partes de España se necesita licencia. En Catalunya es obligatoria. Barcelona tiene una moratoria en la concesión de licencias turísticas por lo que no se conceden nuevas licencias.
  • Debes de gestionar las entradas y salidas, limpiezas, reparaciones e imprevistos que puedan surgir.
  • Normalmente  los gastos deben estar incluidos en el precio, como suministros, lavandería y limpieza por lo que se reduce la rentabilidad real de este tipo de alquiler.

¿Te animas a alquilar tu propiedad a turistas?

Al cumplir con estas normativas y con las obligaciones estipuladas por la Agencia Tributaria para el alquiler vacacional, estarás operando de manera legal y evitarás sanciones.

Si no puedes cumplir con las leyes establecidas, te recomendamos que no lo hagas ya que la penalización te podrá salir muy costosa.

 

 

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